Tras dos meses de libertad, el controvertido Diego Cadena volverá a prisión domiciliaria, según se conoció este miércoles a través de las redes sociales, luego de la decisión del Juez 43 de Bogotá.
El abogado obtuvo su libertad domiciliaria en octubre pasado por vencimiento de términos. sin embargo, este miércoles, el abogado de Cadena, Iván Cancino, confirmó en su cuenta de Twitter que fue revocado este beneficio.
«Revocan libertad de Diego Cadena, en una decisión que absolutamente desafortunada. Las garantías de las defensas siguen estando en debilidad para la defensa. No se preocupen que volveremos a cantar y pronto», expresó Cancino.
Revocan libertad de Diego Cadena , en una decisión que absolutamente desafortunada . Las garantías de las defensas siguen estando en debilidad para la defensa . No se preocupen qué volveremos a cantar y pronto . Siempre firmes y con el alma .
— Iván Cancino (@CancinoAbog) December 1, 2021
Cadena está vinculado al proceso de manipulación y compra de testigos, en el proceso del expresidente Álvaro Uribe Vélez, que estaba a cargo de la Corte Suprema, en primer lugar, y luego de la Fiscalía General.
El juez de garantías revocó la libertad porque considera que hubo maniobras dilatorias, en un caso en el que jugaron un papel importante los testimonios de los exparamilitares Carlos Enrique Vélez y Juan Guillermo Monsalve, quienes declararon que Cadena los contactó para que cambiaran el testimonio, ofreciéndoles asesoría jurídica.
Y es que a Cadena le habían concedido el beneficio por prescripción de términos. No obstante, la Fiscalía apeló dicha decisión, asegurando que Cancino y el equipo de Cadena alargaron el proceso hasta que se venció los términos, razón que les fue concedida por el juez.
«Con base en las premisas señaladas y estimando las conductas dilatorias, llevan a este funcionario a precisar que el número total de días trascurridos ha sido de 386 días», dijo el juez, quien acto seguido hizo una importante aclaración.
«De los cuales se descuentan 240 días que totalizan los comportamientos que impidieron la realización de la audiencia pública desde el 23 de noviembre hasta el 21 de julio de 2021», agregó el togado.
De acuerdo con el juez, diferencia que surge es de 146 días, «lo que significa que el término legal no se ha superado, por lo anterior se procederá revocar la decisión que concedió la libertad, para en su lugar negar la libertad por vencimiento de términos».