Hasta este jueves, las empresas que resultaron afectadas en un 20% en sus ingresos en mayo y junio de 2021, comparado con los que registraron en marzo del mismo año, tendrán la oportunidad de acceder al Programa de Apoyo del Empleo Formal (PAEF).

Así lo informó la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que determinó que el el Gobierno Nacional, a través de la Ley de Inversión Social 2155 de 2021, «seguirá impulsando el Programa de Apoyo para dichas empresas».

«Dadas las afectaciones económicas que registraron muchas empresas en el país durante ese lapso y, con el propósito de seguir diseñando mecanismo de reactivación económica», destacó la UGPP.

De acuerdo con la entidad, los empleadores de todos los sectores económicos que se postulen y cumplan con los requisitos del programa, recibirán $181.500 por cada trabajador. El valor que equivale al 20% de un salario mínimo.

Las postulaciones se llevan a cabo directamente en las entidades financieras, de manera presencial o virtual, para subsidiar los costos laborales correspondientes a las nóminas de mayo y junio de 2021, los únicos 2 ciclos establecidos por la Ley de inversión social.

La directora general encargada de la UGPP, Ana María Cadena, precisó que la postulación a este programa no es excluyente con los demás mecanismos de apoyo que tiene activos el Gobierno Nacional.

«Es una herramienta adicional que, sumada al PAEF y al Incentivo a la Generación de Nuevo Empleo, conforma un paquete de medidas orientadas a la reactivación económica y a la formalización laboral en el país», indicó la funcionaria.

Los recursos no llegan directamente a los trabajadores, sino que el Gobierno Nacional los entrega exclusivamente a los empleadores para que sirvan de apoyo en el pago de los salarios de sus empleados activos al momento de aplicar al programa.

¿Quiénes pueden postularse?

  • Personas jurídicas
  • Personas naturales
  • Consorcios o uniones temporales
  • Patrimonios Autónomos declarantes del impuesto de renta
  • Personas naturales con 2 o más trabajadores reportados en PILA de febrero 2021.

Requisitos

  • Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
  • Certificar una caída del 20% o más en los ingresos, frente a los que se tenían en marzo de 2021, según lo establecido en el art. 5 de la Resolución 2474 de 2021.
  • Estar al día en el pago de salarios y aportes a seguridad social de los empleados.
  • No tener participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.

¿Qué documentos se requieren?

  • Formulario de postulación diligenciado y firmado
  • Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, en la que indique: caída del 20% o más en los ingresos, que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior al de la postulación, los consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos deberán anexar copia del Registro Único Tributario (RUT).