HELISTAR SAS se pronunció sobre las prácticas restrictivas de la competencia que son investigadas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), las cuales deben garantizar que todos los oferentes participen en igualdad de condiciones en el método de elección, negociación plurilateral, número (Doc1098587627) que adelanta la compañía Ecopetrol para prestar el servicio de transporte aéreo por helicóptero.

Esto teniendo en cuenta, que la investigación que se adelanta por cuenta de las autoridades administrativas competentes puede ser instrumentalizadas con claros réditos económicos, motivo por el cual, se debe mantener la objetividad en la selección conforme lo establece la normatividad colombiana frente al cumplimiento de los requisitos.

Cabe recordar que la compañía HELISTAR SAS desde hace 25 años es un importante motor empresarial en la generación de empleos. Siempre ha actuado en todos sus procesos de manera transparente, honesta y ha sacado adelante procesos de innovación de cara al transporte aéreo por helicóptero.

De esta manera, es una de las primeras compañías del país en introducir en sus procesos la sostenibilidad social y ambiental, obteniendo los estándares más altos de Oil and Gas, al crear mecanismos únicos en el sector logrando obtener todas las certificaciones que la industria aeronáutica permite tener.

Es importante señalar que HELISTAR SAS ha manifestado públicamente que está dispuesta a abrir sus puertas como ya lo ha hecho durante los últimos 25 años, a todas las autoridades que lo requieran, entendiendo que es una empresa colombiana al servicio del país, que siempre ha actuado con total transparencia hecho que le ha permitido ganar los procesos licitatorios como persona jurídica y sin ningún tipo de amiguísimos, como de manera maliciosa se ha mencionado. Sus actuaciones son dentro del marco de la ley y con respecto absoluto por la libre competencia.

Finalmente, es importante recordar que Colombia es un estado de derecho en donde las autoridades, incluso de oficio, pueden abrir investigaciones en curso, que no son cosa juzgada, razón por la cual de ser utilizadas para restringir la libre competencia se incurriría en ilicitudes.