Mediante una audiencia pública, la JEP cita a o, los días 30 y 31 del mes de mayo, para que rinda ante la audiencia para que brinde declaraciones sobre las relaciones con grupos al margen de la ley, parapolíticos, y su posible participación en crímenes relacionados a los mismos.
Por otra parte, López deberán superar lo conocido por la justicia ordinaria, de lo contrario será rechazada su solicitud de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz. En la audiencia la sala de Definición de Situaciones Jurídicas ordenó que Enilce, además de ampliar lo que conoce sobre su relacionamiento probado con paramilitares, deberá aclarar su nexo como líder de un gremio dedicada al lavado de activos para financiar a grupos de autodefensas y deberá brindara toda la información que permita conocer el entramado económico de estos grupos ilegales; adicionalmente, se le pedirá que dé nombres específicos de otras personas relacionadas con estas actividades y que no han sido procesadas por la justicia.
A su vez, la JEP dio un plazo de 5 días hábiles a López para manifestar su voluntad de participar en esta audiencia única para hacer aportes plenos de verdad, y si tiene la voluntad de referirse a casos concretos por los cuales ha sido acusada penalmente, al mismo tiempo, aclara que López deberá guardarse de hacer “afirmaciones generales, vagas e imprecisas”, además le señaló que debe omitir “recuentos innecesarios sobre asuntos suficientemente decantados por la justicia ordinaria y por esta Jurisdicción, y conocidos por la opinión pública”. Posteriormente, la sala evaluará la calidad de los aportes de López con lo cual definirá si son suficientes para que se acepte su sometimiento a la JEP; de lo contrario su caso regresará a la justicia penal ordinaria.
Durante la audiencia pública, las víctimas y sus representantes podrán participar y formular sus propias preguntas a Enilce López. Para definir la estructura y las intervenciones durante la audiencia se harán dos reuniones previas, una con las víctimas y otra con Enilce López.