Medellín, Antioquia (Colombia). Martes 1 de octubre de 2024 – @NacionPaisa – Un presunto ladrón fue asegurado en centro carcelario tras cometer hurtos repetidos en un almacén de cadena en Medellín y el Valle de Aburrá, según la Fiscalía General de la Nación. Davinson Flórez Laverde, de 45 años, es señalado como el responsable de 40 delitos de hurto calificado y agravado. Los robos habrían ocurrido entre junio de 2023 y septiembre de 2024, sumando un botín cercano a los 45 millones de pesos.
Detalles del caso
La Fiscalía y el CTI revelaron que Flórez Laverde, mientras estaba bajo detención domiciliaria desde febrero de 2024, continuó con los hurtos. Estos actos delictivos sucedieron en diferentes locales comerciales del mismo almacén de cadena, donde el hombre simulaba ser cliente, pero luego amenazaba con arma de fuego a los empleados, obligándolos a entregar el dinero de las cajas registradoras.
El 27 de septiembre, agentes del CTI lograron capturarlo en el municipio de Bello. Se evidenció que, en al menos seis ocasiones, cometió los hurtos mientras violaba la medida de detención domiciliaria.
Investigación en curso
A pesar de la gravedad de las acusaciones, Flórez Laverde no aceptó los cargos imputados por la Fiscalía. Un juez de control de garantías ordenó su reclusión en un centro carcelario mientras se adelantan las investigaciones.
Este caso pone en evidencia los desafíos que enfrentan las autoridades para controlar a individuos que, incluso bajo detención domiciliaria, continúan delinquiendo.
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Pena por Hurto Calificado y Agravado en Colombia
Hay que anotar que según el Código Penal, Artículo 240. Hurto calificado: La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años, si el hurto se cometiere:
1. Con violencia sobre las cosas.
2. Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.
3. Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.
4. Con escalonamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
La pena será de prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años cuando se cometiere con violencia sobre las personas.
Las mismas penas se aplicarán cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento de la cosa y haya sido empleada por el autor o partícipe con el fin de asegurar su producto o la impunidad.
La pena será de siete (7) a quince (15) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos. Si la conducta fuere realizada por el encargado de la custodia material de estos bienes, la pena se incrementará de la sexta parte a la mitad.
La pena será de cinco (5) a doce (12) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado.