La Fiscalía General de la Nación presentó ante el Juzgado Penal Municipal 74, con funciones de control de garantías, a Nicolás Fernando Petro Burgos y a su exesposa, Daysuris del Carmen Vásquez Castro, para legalizar su captura debido a su presunta vinculación con una por el delito de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

Los fiscales lograron que el juez declarara como legal los procedimientos de captura llevados a cabo en la ciudad de Barranquilla en la mañana del 29 de julio, en las respectivas residencias de los acusados.

El operativo de captura fue realizado por integrantes del Cuerpo Técnico de Investigación – CTI, quienes cumplieron con todos los requisitos legales quienes al parecer si habrían garantizado los derechos fundamentales de los investigados. Así mismo, se permitió que los abogados defensores se entrevistaran con sus clientes y que estos comunicaran su detención a sus familiares cercanos, antes de la presentación ante el juez y dentro del tiempo límite para iniciar la audiencia de legalización.

En la decisión judicial también se validaron los allanamientos, registros e incautaciones realizados con fines de comiso de elementos que podrían ser relevantes para la investigación y que se convierten en material probatorio o evidencia física.

El juez consideró los argumentos contundentes presentados por los fiscales, lo que condujo a la validación de las capturas y los allanamientos, sin que se interpusieran recursos por las partes implicadas.

Por otro lado, el juzgado determinó que era improcedente la solicitud de la defensa de Nicolás Petro respecto a la falta de competencia, esta solicitud fue considerada como un comportamiento lesivo del derecho a la libertad del defendido, ya que implicaría extender su privación de libertad solicitada por la defensa.