Martha Liria Sepúlveda, una paisa de 51 años, debía convertirse este domingo en la primera paciente no terminal en acceder a la eutanasia en Colombia. Sin embargo, su muerte asistida, previamente autorizada, se canceló a pocas horas de llevarse a cabo, en una decisión que ha generado controversia en el país.
Sepúlveda, quien padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), tenía programada su cita con la muerte digna para las 7:00 a.m. La noche del sábado, sin embargo, el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), organización responsable de llevar a cabo el procedimiento, anunció la cancelación del prodecimiento.
«Según reunión del 8 de octubre, en la cual se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud de la señora Martha Sepúlveda, concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de la eutanasia», dijo la entidad en una corta misiva.
#Atención: Cancelaron el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda que estaba programado para este domingo 10 de octubre a las 7 de la mañana en Medellín.👇 Lea el comunicado de la IPS: pic.twitter.com/iQZekLSoBi
— Johanna Ramírez Gil. (@JohannaRami) October 9, 2021
«Al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en un primer comité», agregó Incodol.
Al respecto, Lucas Correa, abogado de la mujer, acusó a los responsables de la decisión de vulnerar el derecho de su cliente a morir dignamente. Además, calificó de «ilegítima, ilegal y arbitraria» la cancelación de la eutanasia de la paciente.
«La están obligando a vivir una vida que ella no está dispuesta a seguir viviendo, con unos sufrimientos y dolores que juzga incompatibles con su idea de dignidad», dijo el representante legal de Sepúlveda.
El caso
El pasado julio, la Corte Constitucional decidió amplíar la eutanasia también a pacientes no terminales. La decisión extendió el derecho a la muerte asistida a aquellos que padecen «un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable», siempre que sea realizada con el consentimiento libre e informado de la persona.
Poco después del fallo, Sepúlveda solicitó la eutanasia y logró la autorización para efectuarla. A los medios locales, la mujer compartió que se siente agotada por su enfermedad, la cual no le permite moverse con comodidad y la hace sentir como una carga. Aseguró que su decisión era definitiva y estaba respaldada por su hijo único.
«Soy de buenas, tengo buena suerte. Estoy más tranquila desde que me autorizaron el procedimiento, me río más, duermo más tranquila», dijo hace una semana en una crónica hecha por el periodista Juan David Laverde, de Noticias Caracol, con la ilusión de poder descansar en paz.
No obstante, la noticia de la eutanasia de Sepúlveda causó gran revuelo en la sociedad colombiana. En particular, la decisión generó oposición de la Iglesia católica, la cual instó a la ciudadana a desistir de su decisión, al considerar que solamente Dios puede disponer de la vida de los seres vivientes.
Por su parte, el Ministerio de Salud indicó sobre el particular que no han sido notificados del fallo de la Corte Constitucional en el que se amplía el espectro de casos en los cuales una persona puede acceder a la eutanasia, así no tenga una enfermedad o padecimiento terminal.
«En relación con el comunicado de prensa que da a conocer la sentencia C-233 de 2021, la Corte Constitucional aún no ha notificado el fallo a este ministerio, por lo tanto no se producen los efectos jurídicos derivados de la sentencia, dado que no es conocido el fallo en su integralidad», expresó el Ministerio.
Redacción Nación Paisa – Con la información de Sputnik