La Sala de Definición de la JEP elevaron a la Sección de segunda instancia de ese tribunal, en donde reprocharon duramente la orden de realizar las “audiencias únicas” (de Salvatore Mancuso, Rodrigo Tovar ‘Jorge 40′, otros solicitantes relacionados con el paramilitarismo y otros casos), alegando que no contaron con suficiente personal humano para esas labores, pasando aún, anexaron en un documento que compartieron la luz pública, que no tuvieron en cuenta el colapso laboral que están sufriendo.
“La Sección ha ordenado a esta Sala la práctica de audiencias que copan el tiempo de la magistratura que la compone, sin previa consideración de las capacidades reales de personal y logística con que cuenta para darle cumplimiento y sin considerar la alta carga de trabajo que maneja y la que a muy corto plazo se incrementa como se ha anotado” se expresa en la misiva en donde se agregó.
“Las audiencias que se acaban de referir no pueden ser desarrolladas en los términos estipulados en los referidos autos y tampoco se pueden llevar a cabo sin apoyos integrales por parte de la Jurisdicción. Por ello, es necesario que la Sección de Apelación unifique los criterios y privilegie, en cualquier caso, la mayor efectividad de las actuaciones, pero sin menoscabar la autonomía e independencia de los jueces” señala el documento conocido por W Radio.
Por último, los magistrados firmantes de la carta, solicitaron que distintos jueces y profesionales de otras salas lleguen obligatoriamente a colaborarles, como también piden tumbar el plazo máximo de un mes que fijó la Sección para que se escuche en ese tipo de audiencia a solicitantes de sometimiento como Enilce López ‘La Gata’ o el excongresista y exdirectivo del Partido Conservador, Julio Manzur (señalado de vínculos con paramilitares), tras advertir que en las condiciones actuales es imposible cumplir.
“Situaciones que denotan los distintos raseros que se están adoptando frente a actuaciones similares, lo cual no da claridad ni seguridad jurídica a la magistratura ni tampoco a los sujetos procesales. En las otras decisiones citadas tampoco se señaló un término perentorio para realizar las audiencias ordenadas” criticaron duramente los magistrados.